jueves, 12 de febrero de 2009

CARTA ABIERTA DE VICENTE ZHUNIO

CARTA ABIERTA DE VICENTE ZHUNIO

Limón, 12 de febrero de 2009

El 5 de enero de 2009 fui arbitraria, ilegal, ilegítima e injustamente detenido, siendo sometido a trato cruel e inhumano, una verdadera tortura por parte de la policía, violándose mis derechos individuales, humanos y constitucionales. Durante todo el tiempo de mi detención, hasta el 5 de febrero de 2009 en que obtuve mi libertad, han habido innumerables muestras de solidaridad y aprecio, que me obligan a realizar un agradecimiento público a todas las personas, organizaciones e instituciones, nacionales e internacionales que se preocuparon, gestionaron, se solidarizaron y/o realizaron pronunciamientos sobre mi situación, entre ellas:

En primer lugar a mi familia que ni un solo instante han dejado de estar pendientes de mí, de manera especial a mis familiares en el extranjero, quienes desde la distancia han vuelto a darme inolvidables muestras de cariño.

A las organizaciones de Derechos Humanos, nacionales y extranjeras, que se pronunciaron por mi caso como Front Line, Organización Mundial contra la Tortura (OMCT), Amnistía Internacional, Comité por los Derechos Humanos en América Latina (CEDHAL), Comisión Ecuménica de Derechos Humanos de Ecuador (CEDHU).

A las Delegaciones y Embajadas extranjeras en Ecuador que se han mantenido pendientes por la violaciones de derechos humanos cometidas en mi caso y por mi estado de salud.

A los compañeros de la Coordinadora Nacional por la Defensa de la Vida y la Soberanía, CNDVS, y en especial la solidaridad fraterna de la Asociación de Campesinos de Limón Indanza, ACLI, de la Coordinadora Campesina Popular de Morona Santiago, CCP, del Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama, de la Asamblea Pro-Defensa de Nuestros Ríos, del Comité por la Defensa de la Vida y los Recursos Naturales de Pallatanga, de la Coordinadora Cantonal de Gualaquiza y del Frente Urbano Antiminero, FUA.

A las instituciones y autoridades como la Defensoría del Pueblo de Ecuador y al Defensor Ab. Fernando Gutiérrez, que incluso tuvo la gentileza de visitarme mientras estuve en el Seguro Social en Cuenca. A los Comisionados de las Defensorías del Pueblo de Azuay y Morona Santiago, al Ing. Franklin Mejía, Alcalde de Gualaquiza, a la Facultad de Medicina de la Universidad de Cuenca.

A todos los abogados que colaboraron en la exigencia de mis derechos humanos y constitucionales violados sin el menor escrúpulo.

A las diferentes organizaciones como el Movimiento para la Salud de los Pueblos de Latinoamérica, Red Solidaria Ecuador, y demás que se han pronunciado en rechazo a la persecución que se está haciendo una norma en el país, para en la práctica no permitir que ejerzamos nuestro derecho a la resistencia, reconocido en la actual Constitución.

A los medios de comunicación, agencias de prensa y periodistas, nacionales y extranjeros que han informado a la ciudadanía sobre mi caso.

Y a todas aquellas personas, organizaciones e instituciones que no los haya mencionado expresamente, pero para quienes envío mi más profundo agradecimiento.

Y también porque no, a todos mis persecutores, porque me han dado la posibilidad de recibir tantas muestras de cariño y saber que hay tantas personas en el mundo que se preocupan por mí. Lo cual me compromete y me da mucha más fuerza para continuar en esta difícil tarea de buscar que los derechos de los pueblos se hagan efectivos, pues, aunque he recuperado mi libertad, me toca enfrentar procesos penales totalmente absurdos e injustos, por de la persecución de que soy víctima por parte del Estado, el gobierno y las corporaciones mineras transnacionales.

Joel Vicente Zhunio Samaniego,

PRESIDENTE DE LA ASOCIACION DE CAMPESINOS DE LIMON UNDANZA, ACLI.

MORONA SANTIAGO - ECUADOR
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PRONUNCIAMIENTOS Y SOLIDARIDAD A FAVOR DE
VICENTE Y OTROS CASOS

DETENCIONES Y MALOS TRATOS EN EL MARCO DEL PARO MINERO

Caso ECU 200109/ ECU 200109.DESC
CAMPAÑAS URGENTES/ DERECHOS ECONOMICOS SOCIALES Y CULTURALES
Malos tratos durante detención / Detenciones arbitrarias / Actos de violencia

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Ecuador.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con preocupación informaciones de fuentes fidedignas, entre ellas Antenna Internacional, organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la detención arbitraria y malos tratos durante el arresto de los Sres. Vicente Zhunio Samaniego, Cristobal Misacango, Carlos Criollo y el padre de este, cuyo nombre no se ha informado hasta el momento, y de las Sras. Virginia Chuñir, Etelvina Misacango y Yolanda Gutama, en hechos ocurridos en el marco de las diferentes manifestaciones relacionadas con el denominado Paro Minero[1], en las Provincias de Morona Santiago y Azuay.

De acuerdo con las informaciones el 5 de enero de 2008, hacia las 6:30 de la tarde fue detenido el Sr. Vicente Zhunio Samaniego, dirigente campesino, en la calle principal de la Parroquia Indanza, en el Cantón Limón Indanza, Provincia de Morona Santiago, cuando estaba caminando frente al Centro de Salud de la localidad. El operativo policial estuvo encabezado por el jefe político del cantón Limón Indanza, Humberto Vera, quienes luego de su detención se lo llevaron con rumbo desconocido, apareciendo en días posteriores con una herida en la cabeza en el hospital del Seguro de la Ciudad de Cuenca.

Se ha informado que, ese mismo día en horas de la mañana, las Sras. Virginia Chuñir, Etelvina Misacango, y Yolanda Gutama fueron detenidas de manera violenta por la policía, en la Parroquia Molleturo, Provincia del Azuay, y trasladas luego a Cuenca al Centro de Detención Provisional, desde donde fueron llevadas al día siguiente al juzgado en donde el fiscal Dr. Iván Saquicela las acusó de participar en los actos de cierre de la vía pública solicitando su prisión.

Se ha informado además que las tres señoras antes nombradas denunciaron en la audiencia de formulación de cargos ante el juez y el fiscal, que únicamente estaban transitando por ese sector cuando fueron interceptadas por grupos de policías que se lanzaron contra ellas y las golpearon con patadas y puñetes mientras las insultaban gritándoles "viejas" e "indias", para luego arrastrarlas, en medio de los golpes, hacia los vehículos de la policía.

Según las mismas informaciones, el Sr. Cristobal Misacango, también de Molleturo, esta acusado de ser "dirigente del paro". Posteriormente las tres mujeres fueron puestas en libertad, mientras que el Sr. Cristobal Misacango continuó detenido durante varios días[2].

Por otra parte, el 7 de enero de 2008, en horas de la mañana, las vías en Molleturo estaban despejadas, y sin embargo la policía a través de un operativo atacó a la población de Pueblo Nuevo, ingresando a las viviendas en donde fueron detenidos los Sres. Carlos Criollo y su padre. Durante este operativo resultó herida una niña. Se ha informado que la policía ingresó por la fuerza a las viviendas, lanzando gran cantidad de bombas lacrimógenas en contra de la población que se encontraba en sus domicilios, producto de lo cual resultó con lesiones la menor.

La OMCT manifiesta su preocupación frente a esta situación y al hecho de que las comunidades hayan sido agredidas violentamente en razón de su lucha contra las empresas transnacionales que han efectuado la incursión de la minería a gran escala en el país en los últimos 12 años y que la incursión de la minería a cielo abierto en el país es considerada como nociva para el medio ambiente y por ende para la vida misma de las comunidades allí asentadas.

La OMCT vuelve a manifestar su seria preocupación tanto por la seguridad como por la salud e integridad física y psicológica de todos los miembros de las comunidades arriba mencionadas y en particular de las personas que fueron detenidas y/o heridas como consecuencia de las intervenciones policiales arriba denunciadas, y solicita al gobierno ecuatoriano que tome de inmediato las medidas más urgentes y apropiadas para garantizar las mismas.

La OMCT también desea subrayar que en esto caso las causas profundas de la presunta violencia perpetrada contra los Sres. Vicente Zhunio Samaniego, Cristobal Misacango, Carlos Criollo y el padre de éste y de las Sras. Virginia Chuñir, Etelvina Misacango y Yolanda Gutama, se encuentran en la violación de los derechos económicos, sociales y culturales, reclamados tanto por ellos como por los demás miembros de las comunidades afectadas.

En efecto, el Secretariado Internacional de la OMCT recuerda que a la luz de los instrumentos internacionales de derechos humanos, el gobierno ecuatoriano debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena efectividad de los derechos reconocidos en el Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales, incluyendo « …el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y para su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia (…) » y también el derecho de toda persona a la educación, el derecho a trabajar y el derecho a cubrimiento en salud».

La OMCT recuerda además que entre las sugerencias y recomendaciones hechas ya por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales a Ecuador: "El Comité exhorta encarecidamente al Estado Parte a que garantice la participación de la población indígena en las decisiones que afecten a su vida. Pide, en particular, al Estado Parte que consulte a la población indígena interesada y obtenga su consentimiento antes de la ejecución de los proyectos de extracción de recursos naturales y acerca de las políticas públicas que le afecten (…)"[3].

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades del Ecuador para urgirlas a:

  1. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Vicente Zhunio Samaniego, Cristobal Misacango, Carlos Criollo y el padre de éste y de las Sras. Virginia Chuñir, Etelvina Misacango y Yolanda Gutama, incluyendo la atención médica adecuada y gratuita que sus estados requieran, así como la seguridad y la integridad personal de todos los miembros de sus respectivas familias;
  2. ordenar la libertad inmediata de la o de las personas que aún se encontrasen detenidas en el marco de los hechos arriba mencionados, en caso de encontrarse detenidas en ausencia de cargos legales válidos o, en caso de que estos cargos existan, llevarlas ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y garantizarles sus derechos procesales en todo momento;
  3. llevar a cabo una investigación independiente, completa, exhaustiva e imparcial en torno a las circunstancias de los hechos arriba mencionados, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo, e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
  4. garantizar una reparación adecuada a las víctimas;
  5. garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Seguimiento del caso ECU 200109_ECU 200109.DESC_nuevas detenciones y malos tratos en el marco del Paro Minero

Caso ECU 200109.1/ ECU 200109.1.DESC
CAMPAÑAS URGENTES / DERECHOS ECONOMICOS SOCIALES Y CULTURALES
Seguimiento del Caso ECU 200109/ ECU 200109.DESC

Nuevas detenciones

Ginebra, 23 de enero de 2009

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Ecuador.

Nuevas informaciones

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con preocupación nuevas informaciones de fuentes fidedignas, entre ellas Antenna Internacional, organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la detención de otras varias personas durante los días 20 y 21 de enero de 2009, en medio de las movilizaciones contra la aprobación de la Ley Minera[1]. También se han recibido nuevas informaciones sobre la actual situación de algunas de las personas detenidas durante la segunda semana de enero, en el marco de los mismos hechos.

De acuerdo con las nuevas informaciones, en cuanto a algunos de los detenidos anteriormente la situación actual es la siguiente: El Sr. Vicente Zhunio Samaniego, quien había sido detenido el 5 de enero de 2009, en Indanza, Morona Santiago (ver llamado anterior), fue localizado al medio día del día siguiente en el Hospital de Macas, al Norte de la Provincia, presentando graves heridas. Fue conducido luego, el 7 de enero, a la Ciudad de Cuenca y fue allí fue ingresado en el Hospital del Seguro. El Sr. Zhunio Samaniego fue trasladado el 20 de enero de 2009 al Centro de Detención provisional y, se ha informado que de allí sería llevado a la Cárcel de Macas, acusado de sabotaje de servicios públicos, dentro de la Instrucción fiscal que fue instaurada en su contra.

Por otra parte, el Sr. Miguel Criollo[2], de Pueblo Nuevo de Molleturo, quien había sido sacado de su domicilio y detenido el 7 de enero de 2009, junto con su hijo el Sr. Orlando Criollo, durante un violento operativo realizado por la policía en dicho poblado, se encuentra actualmente detenido en la Cárcel de Cuenca acusado de cerrar vías públicas, en razón a las protestas efectuadas en días anteriores en dicha comunidad. Su proceso se encuentra en la fase de Instrucción fiscal. Por su parte su hijo, el Sr. Orlando Criollo fue liberado posteriormente.

Por otra parte, el 10 de enero de 2009, hacia las 15h00, fue detenido el Sr. Miguel de la Cruz, de la Comuna San Felipe de Molleturo, Provincia del Azuay y fue trasladado a la Policía Judicial. El Sr. Miguel de la Cruz fue detenido con boleta de captura emitida por Juez, Simón Valdivieso, del Juzgado Segundo de lo Penal y se encuentra actualmente detenido en la Cárcel de Cuenca acusado de terrorismo organizado y de atentar contra la seguridad del estado. Su proceso se encuentra en la etapa de Instrucción fiscal.

De otra parte, durante los días 20 y 21 de enero de 2009, fueron detenidas las siguientes personas: el 20 de enero fueron detenidos los Sres. Luis Alvear, Hernando Rueda, Lenin Rosero, Wílmer Montenegro y Hernando Pereira, en el sector conocido con el nombre de la Y de Cotacachi (en la carretera Panamericana Norte), en Imbabura. Estas personas estuvieron detenidas en la Cárcel de Imbabura y posteriormente fueron puestas a órdenes de la Fiscalía de la Ciudad de Otavalo, en donde el 21 de enero se efectuó la audiencia de formulación de cargos en la cual el fiscal inició una instrucción fiscal en su contra por el delito de sabotaje y solicitó su prisión. Sin embargo, al finalizar la audiencia el juez ordenó la libertad de los detenidos mientras que se continúa la investigación fiscal contra ellos.

El 20 de enero, hacia las 12:00 del mediodía, el Sr. Luis Alberto Yamberla (dirigente de Pucará), fue detenido junto con otras cuatro personas cuyos nombres no han sido informados hasta el momento, en Pucará, sector de San Roque, Cantón Atuntaqui, también en Imbabura. Las otras cuatro personas fueron liberadas posteriormente y, aunque el Sr. Luis Alberto Yamberla fue llevado al Centro de Detención Provisional de la Ciudad de Ibarra también fue liberado posteriormente sin que haya cargos en su contra.

El 20 de enero, hacia las 10:45 fueron detenidos los Sres. José Esteban Cuascota Quilumbaquin, Gavino Cabascango Cabascango y José Juan Castillo Pujota, en el sector San Juan Loma, Cantón Pedro Moncayo, Provincia de Pichincha. El mismo día, hacia las 10h00 fue detenido el reportero Segundo Franciso Farinango Ulcuango, en hechos ocurridos en la zona de Cayambe, de la misma Provincia. Estos cuatro detenidos, fueron puestos a órdenes de la Fiscalía de Cayambe, en donde en horas de la tarde del 21 de enero de 2009 se realizó la audiencia de formulación de cargos durante la cual el fiscal inició la instrucción fiscal por el delito de sabotaje y solicitó su prisión. También en este caso, al finalizar la audiencia, el juez penal ordenó su libertad mientras que continúa la investigación fiscal.

El 21 de enero, en medio de serios enfrentamientos, ocurridos en el sector conocido como Gualaquiza de la Provincia de Morona Santiago, entre la policía y la población, fueron detenidas cuatro personas indígenas de la Comunidad de los shuaras, los Sres. Germán Naikiai, Ángel Ollaguari, Klever Oswaldo Lalbay, Carlos Rumipuglla, y un colono, el Sr. Darwin Huartatanga, los cuales, según las denuncias, habrían sido golpeados. Estas personas fueron llevadas el 22 de enero de 2009 hacia las 11h00, en calidad de detenidas, a la cárcel de la Ciudad de Macas.

De otra parte se ha informado que existirían órdenes de captura, al parecer por la misma acusación del cierre de vías, en contra de las Sras.: Georgina Gutama y Ana Paucar y de los Sres.: José Gutama y Manuel Pacheco, dirigentes de Molleturo.

De acuerdo con las informaciones en el Sector de Pisalqui-Otavalo, en la entrada a la Provincia de Cotopaxi se presentaron actos de represión por parte de la policía que con bombas de gas lacrimógeno arremetió contra las personas que se encontraban allí reunidas pacíficamente. También el mismo 20 de enero de 2009 hacia las 9:00 a.m., en la Provincia del Cañar, en la vía Panamericana entre Cuenca y Loja, entrada a Nabon, fueron reprimidos por parte de la policía, con bombas lacrimógenas niños, jóvenes y mujeres que estaban reunidos.

Finalmente se ha denunciado que la Policía Nacional impidió el ingreso de indígenas provenientes de Imbabura a la ciudad de Quito, quienes se desplazaban a bordo de cinco buses, amenazándolos con arrestarlos si éstos llegaban a bajarse de los buses, diciéndoles que era "para evitar actos de violencia".

La OMCT vuelve a manifestar su seria preocupación tanto por la seguridad como por la salud e integridad física y psicológica de todos los miembros de las comunidades arriba mencionadas y en particular de las personas que fueron detenidas y/o heridas como consecuencia de las intervenciones policiales arriba denunciadas, y solicita al gobierno ecuatoriano que tome de inmediato las medidas más urgentes y apropiadas para garantizar las mismas.

La OMCT también desea subrayar que en este caso, las causas profundas de la presunta violencia perpetrada contra los Sres. Luis Alvear, Hernando Rueda, Lenin Rosero, Wílmer Montenegro, Hernando Pereira, Luis Alberto Yamberla, Miguel de la Cruz, José Esteban Cuascota Quilumbaquin, Gavino Cabascango Cabascango y José Juan Castillo Pujota, Segundo Franciso Farinango Ulcuango, Germán Naikiai, Ángel Ollaguari, Klever Oswaldo Lalbay, Carlos Rumipuglla, y Darwin Huartatanga, se encuentran en la violación de los derechos económicos, sociales y culturales, reclamados tanto por ellos como por los demás miembros de las comunidades afectadas.

En efecto, el Secretariado Internacional de la OMCT vuelve a recordar que a la luz de los instrumentos internacionales de derechos humanos, el gobierno ecuatoriano debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena efectividad de los derechos reconocidos en el Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales, incluyendo « …el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y para su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia (…) ».

La OMCT recuerda también que, que entre las sugerencias y recomendaciones hechas ya por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales a Ecuador: "El Comité exhorta encarecidamente al Estado Parte a que garantice la participación de la población indígena en las decisiones que afecten a su vida. Pide, en particular, al Estado Parte que consulte a la población indígena interesada y obtenga su consentimiento antes de la ejecución de los proyectos de extracción de recursos naturales y acerca de las políticas públicas que le afecten (…)".

Antecedentes de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT había sido informado sobre la detención arbitraria y los malos tratos infligidos durante los arrestos y detenciones, ocurridos entre los días 5 y 7 de enero de 2009, de los Sres. Vicente Zhunio Samaniego, Cristobal Misacango, Carlos Criollo y el padre de este, cuyo nombre no se había informado hasta ese momento, y de las Sras. Virginia Chuñir, Etelvina Misacango y Yolanda Gutama. Los hechos denunciados ocurrieron en el marco de las diferentes manifestaciones relacionadas con el denominado Paro Minero, tanto en la Provincia de Morona Santiago como la Provincia del Azuay (Ver Llamado Urgente Caso ECU 200109 / ECU 200109.DESC).

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades del Ecuador para urgirlas a:

  1. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Luis Alvear, Hernando Rueda, Lenin Rosero, Wílmer Montenegro, Hernando Pereira, Luis Alberto Yamberla, Miguel de la Cruz, José Esteban Cuascota Quilumbaquin, Gavino Cabascango Cabascango, José Juan Castillo Pujota, Segundo Franciso Farinango Ulcuango, Germán Naikiai, Ángel Ollaguari, Klever Oswaldo Lalbay, Carlos Rumipuglla, y Darwin Huartatanga, incluyendo la atención médica adecuada y gratuita que sus estados requieran, así como la seguridad y la integridad personal de todos los miembros de sus respectivas familias;
  2. ordenar la libertad inmediata de las personas que aún se encuentren detenidas en el marco de los hechos arriba mencionados, en caso de encontrarse detenidas en ausencia de cargos legales válidos o, en caso de que estos cargos existan, llevarlas ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y garantizarles sus derechos procesales en todo momento;
  3. llevar a cabo una investigación independiente, completa, exhaustiva e imparcial en torno a las circunstancias de los hechos arriba mencionados, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo, e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
  4. garantizar una reparación adecuada a las víctimas;
  5. garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

OMCT: Campaña a favor de Vicente Zhunio y otros-as detenidos-as (Manifestaciones contra Ley minera) PDF Imprimir E-Mail

Wednesday, 04 de February de 2009

CAMPAÑAS URGENTES/ DERECHOS ECONOMICOS SOCIALES Y CULTURALES

Seguimiento de los Casos ECU 200109/ ECU 200109.DESC y ECU 200109.1/ ECU 200109.1.DESC

Preocupación por integridad personal / Respeto a las garantías del debido derecho

Ginebra, 4 de febrero de 2009

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Ecuador.

Nuevas informaciones

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido nuevas informaciones de fuentes fidedignas, entre ellas Antenna Internacional, organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la preocupación existente frente a la situación jurídica de las Sras. Georgina Gutama, Ana Paucar, Virginia Chuñir, Etelvina Misacango, Yolanda Gutama y de los Sres. Vicente Zhunio Samaniego, Germán Naikiai, Ángel Ollaguari, Klever Oswaldo Lalbay, Carlos Rumipuglla, Miguel Angel de la Cruz, Miguel Criollo, Orlando Criollo, Manuel Pacheco, José Gutama, Luis Alvear, Hernando Rueda, Lenin Rosero, Wílmer Montenegro, Hernando Pereira, Luis Alberto Yamberla, José Esteban Cascota, Alfredo Cabascango, Juan Castillo P., Galvino Cabascango, Francisco Farinango y Cristobal Misacango, quienes aún se encuentran detenidas, según las denuncias de manera arbitraria, a raíz de los eventos ocurridos durante las movilizaciones contra la aprobación de la Ley de Minería 1.

De acuerdo con las nuevas informaciones, la situación de algunas de las personas detenidas anteriormente y de nuevos detenidos es la siguiente:

a) En la cárcel de Macas, Provincia de Morona Santiago, permanecen detenidos los Sres. Germán Naikiai, Ángel Ollaguari, Klever Oswaldo Lalbay y Carlos Rumipuglla;

b) En la cárcel de Cuenca, Provincia del Azuay, permanecen detenidos, enfrentando cargos por terrorismo organizado 2, los Sres. Miguel Angel de la Cruz, Miguel Criollo y Orlando Criollo, hijo de Miguel Criollo y quien se encuentra en libertad porque pagó una fianza;

c) En la cárcel de Macas, Provincia de Morona Santiago, permanece detenido el Sr. Vicente Zhunio Samaniego quien está enjuiciado por delitos tipificados en el capítulo de los delitos de terrorismo y sabotaje.

Además, en la jurisdicción del Azuay existen órdenes de captura contra las Sras. Georgina Gutama y Ana Paucar, así como contra el Sr. Manuel Pacheco. Allí también se había dictado una orden de captura contra el Sr. José Gutama, pero esta orden fue revocada aunque se sigue un juicio en su contra.

De otra parte se ha informado que varias personas que fueron detenidas el 20 de enero y que salieron en libertad el 21 de enero luego de la audiencia de formulación de cargos, enfrentan actualmente una instrucción fiscal por los delitos de sabotaje y terrorismo en dos fiscalías. Estas personas son:

a) Ante la Fiscalía de Otavalo, Provincia de Imbabura, los Sres. Luis Alvear, Hernando Rueda, Lenin Rosero, Wílmer Montenegro, Hernando Pereira y, Luis Alberto Yamberla;

b) Ante la Fiscalía de Cayambe, Provincia de Pichincha, los Sres. José Esteban Cascota, Alfredo Cabascango, Juan Castillo P., Galvino Cabascango y, Francisco Farinango.

Finalmente se ha informado que en Molleturo, Provincia del Azuay, las Sras. Virginia Chuñir,Etelvina Misacango y Yolanda Gutama y el Sr. Cristobal Misacango quienes habían sido detenidos el 5 de enero y puestos en libertad posteriormente, enfrentan ahora instrucción fiscal por obstaculización de vías.

El Secretariado Internacional de la OMCT vuelve a señalar su preocupación tanto por la seguridad como por la salud e integridad física y psicológica de las personas que aún permanecen detenidas y en general de todos los miembros de las comunidades arriba mencionadas y solicita al gobierno ecuatoriano que tome de inmediato las medidas más urgentes y apropiadas para garantizar las mismas.

La OMCT solicita vehementemente a las autoridades ecuatorianas que a todas las personas detenidas les sean respetados y se les garanticen todos sus derechos procesales en todo momento.

La OMCT también desea subrayar que en este caso, la violación de los derechos económicos, sociales y culturales, reclamados tanto por ellos como por los demás miembros de las comunidades afectadas, son las causas profundas de la presunta violencia y de la detención arbitraria perpetrada contra las Sras. Georgina Gutama, Ana Paucar, Virginia Chuñir, Etelvina Misacango, Yolanda Gutama, y los Sres. Vicente Zhunio Samaniego, Germán Naikiai, Ángel Ollaguari, Klever Oswaldo Lalbay, Carlos Rumipuglla, Miguel Angel de la Cruz, Miguel Criollo, Orlando Criollo, Manuel Pacheco, José Gutama, Luis Alvear, Hernando Rueda, Lenin Rosero, Wílmer Montenegro, Hernando Pereira, Luis Alberto Yamberla, José Esteban Cascota, Alfredo Cabascango, Juan Castillo P., Galvino Cabascango, Francisco Farinango y Cristobal Misacango.

En efecto, la OMCT señala de nuevo que a la luz de los instrumentos internacionales de derechos humanos, el gobierno ecuatoriano debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena efectividad de los derechos reconocidos en el Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales, incluyendo « …el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y para su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia (…) ».

La OMCT recuerda también que, que entre las sugerencias y recomendaciones hechas ya por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales a Ecuador: "El Comité exhorta encarecidamente al Estado Parte a que garantice la participación de la población indígena en las decisiones que afecten a su vida. Pide, en particular, al Estado Parte que consulte a la población indígena interesada y obtenga su consentimiento antes de la ejecución de los proyectos de extracción de recursos naturales y acerca de las políticas públicas que le afecten (…)".

Antecedentes de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT había sido informado sobre la detención arbitraria y los malos tratos infligidos durante los arrestos y detenciones, ocurridos entre los días 5 y 7 de enero de 2009, de los Sres. Vicente Zhunio Samaniego, Cristobal Misacango, Carlos Criollo y el padre de este, y de las Sras. Virginia Chuñir, Etelvina Misacango y Yolanda Gutama. Los hechos denunciados ocurrieron en el marco de las diferentes manifestaciones relacionadas con el denominado Paro Minero, tanto en la Provincia de Morona Santiago como en la Provincia del Azuay (Ver Llamado Urgente ECU 200109/ECU 200109.DESC).

Posteriormente, la OMCT denunció nuevas detenciones ocurridas en varias provincias, en ese caso de los Sres. Luis Alvear, Hernando Rueda, Lenin Rosero, Wílmer Montenegro, Hernando Pereira, Luis Alberto Yamberla, José Cascota, Alfredo Cavascango, Galvino Cavascango, y Franciso Farinango, detenciones también relacionadas con diferentes manifestaciones ciudadanas en el marco del denominado Paro Minero (Ver Llamado Urgente ECU 200109.1 /ECU 200109.1.DESC, seguimiento emitido el 23 de enero de 2009).

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades del Ecuador para urgirlas a:

i. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de las Sras. Georgina Gutama, Ana Paucar, Virginia Chuñir, Etelvina Misacango, Yolanda Gutama, y de los Sres. Vicente Zhunio Samaniego, Germán Naikiai, Ángel Ollaguari, Klever Oswaldo Lalbay, Carlos Rumipuglla, Miguel Angel de la Cruz, Miguel Criollo, Orlando Criollo, Manuel Pacheco, José Gutama, Luis Alvear, Hernando Rueda, Lenin Rosero, Wílmer Montenegro, Hernando Pereira, Luis Alberto Yamberla, José Esteban Cascota, Alfredo Cabascango, Juan Castillo P., Galvino Cabascango, Francisco Farinango y Cristobal Misacango, incluyendo la atención médica adecuada y gratuita que sus estados requieran, así como la seguridad y la integridad personal de todos los miembros de sus respectivas familias;

ii. ordenar la libertad inmediata de las personas que aún se encuentren detenidas en el marco de los hechos arriba mencionados, en caso de encontrarse detenidas en ausencia de cargos legales válidos o, en caso de que estos cargos existan, llevarlas ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y garantizarles sus derechos procesales en todo momento;

iii. llevar a cabo una investigación independiente, completa, exhaustiva e imparcial en torno a las circunstancias de los hechos arriba mencionados, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo, e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;

iv. garantizar una reparación adecuada a las víctimas;

v. garantizar que toda nueva norma, como es el caso de la Ley de Minería, esté acorde con las normas internacionales de derechos humanos;

vi. garantizar el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales, y también las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Mi solidaridad con el compañero Zhunio y su familia

Fabiola Landívar H.
Representante Región Sur de la CPME

Coordinadora Política de Mujeres del Azuay-CPME

fabiola landivar h

Leí el caso del compañero y me indigna, es indignante saber esas cosas, como quieren quitar sus tierras, como quieren abusar de ustedes para que ellos, las elites, disfruten de ese dinero, cual hiena hambrienta disfruta de su presa, eso no puede pasar, como el sistema quiere sacarlos de algo que les pertenece que pasó por ustedes por generaciones, lo que hace el maldito dinero, yo estoy totalmente a su disposición si quieren ayuda cuenten conmigo.... realmente que indignación, que violación a los derechos humanos....

Att
Joseph Chávez

¡BASTA!

La criminalización de la protesta social y la persecución a los luchadores populares, como la que está sufriendo nuestro compañero VICENTE ZHUNIO son unas de las herramientas de este régimen represor y opresor, para intentar frenar la lucha del pueblo y la resistencia de las organizaciones del campo popular, que se enfrentan a sus políticas de hambre, miseria y saqueo. Pero más firmes que nunca, desde el Frente De Mujeres Defensoras De la Pachamama seguiremos en las comunidades, con nuestro trabajo y militancia cotidiana, luchando para que más temprano que tarde, como pueblo podamos vivir con dignidad, y terminar con el saqueo de nuestras tierras.

SEÑORES JUECES DE JUSTICIA PROVINCIALES DE LA SALA DE LO PENAL DE MORONA SANTIAGO,

NO SEAN PARTE DE ESTA CRUELDAD, NO DEJEMOS QUE APAGUEN LA VOZ DE UN DEFENSOR DE LA VIDA.

SOLIDARIDAD CON VICENTE

Jessica Quizhpe

29 de enero 2009

Montreal, Québec, CANADÁ

Presidente Rafael Correa

Presidencia de la República del Ecuador

Rafael.CorreaDelgado@presidencia.gov.ec

presidencia@presidencia.gov.ec

Asunto: Preocupaciones por la seguridad de defensores de derechos humanos

Su Excelencia Presidente Rafael Correa,

El Comité por los derechos humanos en América latina, fundado en 1976 y basado en Montreal, Canadá, trabaja por el respecto de los derechos humanos en América latina. Por medio de esta carta, venimos ante usted manifestar nuestra gran preocupación por la detención y encarcelamiento de campesinos, ocurridos durante las protestas en contra de la minería a gran escala, efectuadas entre los días 5 y 21 de enero de 2009.

Diversas organizaciones de derechos humanos ecuatorianas, como la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH), la Asociación Permanente de Derechos Humanos (APDH), la Asociación Cristina de Jóvenes (ACJ), el Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) y el Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES), nos han informado que las poblaciones campesinas e indígenas que se oponen a la minería a gran escala, lo hacen en defensa de sus derechos económicos y sociales reconocidos por los tratados internacionales y por la Constitución ecuatoriana.

También tenemos conocimiento que la Asamblea Nacional Constituyente ha reconocido a estas poblaciones como defensoras de la naturaleza y los derechos humanos cuando el 15 de marzo de 2008 otorgó amnistías a cientos de líderes comunitarios de varias provincias del país como Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Manabí, Esmeraldas, Bolívar, Azuay, Morona Santiago, Zamora Chinchipe, Sucumbíos and Orellana.

Considerando que los pueblos indígenas del Ecuador sostienen no haber sido previamente consultados sobre la Ley de Minería aprobada por la actual administración, en acuerdo con las disposiciones de la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo y de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, estamos preocupados que los arrestos signifiquen violaciones a los artículos 12 y 13 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Defensores de los Derechos Humanos (Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas 53/144.), tipo de situación identificada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como de atentatoria a los principios democráticos del hemisferio americano:

"Otro aspecto de la mayor preocupación es la utilización de acciones legales contra las defensoras y defensores, tales como investigaciones o acciones penales o administrativas, cuando son instruidas con el objeto de acosarlos y desprestigiarlos. En algunos casos, los Estados utilizan tipos penales que restringen, limitan o coartan los medios utilizados por las defensoras y defensores para realizar sus actividades. ŠEn otros casos, lo que se hace es iniciar procesos judiciales de tipo penal sin fundamentos de prueba con el objeto de hostigar a los miembros de las organizaciones, quienes deben asumir la carga psicológica y económica de afrontar una acusación penal. ... Estos procesos habitualmente comportan la imputación de los delitos de rebelión, atentado contra el orden público o la seguridad del Estado y la integración de grupos ilegales." (Organización de los Estados Americanos, Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las Américas, OEA/Ser/L/V/II.124, 2006, párrafos 178-180.)

Por estas razones, y movido por el espíritu de solidaridad de los pueblos, es que venimos respetuosamente ante a Su Excelencia solicitarle que:

1. Revise de manera especial los procedimientos penales en contra de los defensores de los derechos humanos a la luz de lo identificado por la Comisión de Derechos Humanos de la OEA, especialmente los procedimientos de las siguientes personas: Vicente Zhunio Samaniego de la provincia de Morona Santiago (procesado por supuesto sabotaje en la Corte Superior de Macas); Miguel Criollo de la provincia del Azuay; Miguel de la Cruz la provincia del Azuay (procesado por supuesto terrorismo y atentado a la seguridad del Estado).

2. Examine las investigaciones fiscales en contra de los siguientes líderes sociales: Hernando Pereira, Ernesto Pereira, Wilmer Montenegro, Lenin Rosero y Lenin Alvear, José Esteban Cuascota Quilumbaquín, Gavino Cabascango Cabascango, José Juan Castillo Pujota, Francisco Farinango Ulcuango y Alfredo Cabascango.

3. Averigue, de manera urgente, las condiciones de salud e integridad personal de los indígenas Germán Naikiai, Giovanni Ullaguari, Kléver Lalbay, y Carlos Rumipuglla de la provincia de Zamora Chinchipe, detenidos el día 21 de enero del presente año.

El Frente Urbano Antiminero, filial en Quito de la Coordinadora
Nacional por la Defensa de la Vida y la Soberanía, manifiesta su
profundo rechazo a la criminalizació n de la lucha popular y a la
persecución violenta, arbitraria, ilegal e ilegítima contra los
dirigentes de las comunidades que luchan contra la minería. Pedimos a
todxs solidarizarse con esta CAMPAÑA CONTRA LA CRIMINALIZACIÓ N DE LA
PROTESTA Y LOS LUCHADORES POPULARES. Apoyemos de manera urgente en
éste momento al compañero Vicente Zhunio que fue apresado, torturado y
se encuentra detenido por el delito de "abastecer de alimentos".

Hacemos un llamado a todas las organizaciones, instituciones y
personas que deseen apoyar a JOEL VICENTE ZHUÑIO SAMANIEGO a enviar
cartas a los SEÑORES JUECES DE JUSTICIA PROVINCIALES DE LA SALA DE LO
PENAL DE MORONA SANTIAGO, para que la apelación a la orden de prisión
preventiva sea acogida.

FRENTE URBANO ANTIMINERO

SEÑORES JUECES DE JUSTICIA PROVINCIALES DE LA SALA DE LO PENAL DE
MORONA SANTIAGO:

El Frente Urbano Antiminero -FUA- organización que agrupa varios
movimientos de carácter social y político, filial de la Coordinadora
Nacional por la Defensa de la Vida y la Soberanía en Quito –CNDVS-,
muestra su profundo rechazo a la detención ilegal, arbitraria e
ilegítima del compañero Joel Vicente Zhunio Samaniego, y pide la
revocatoria de la prisión preventiva que pesa en su contra.

Las comunidades afectadas por la presencia de transnacionales mineras
han venido resistiendo a los megaproyectos de cobre, oro y otros
minerales, por ser la minería a gran escala, un atentado a la vida y
la soberanía del país. Esta defensa de la vida y la soberanía ha
estado caracterizada por ser una resistencia pacífica que se opone al
saqueo de nuestros recursos naturales y a la destrucción de nuestro
ecosistema.

Al existir grupos económicos interesados en llevar adelante, cueste lo
que cueste, este tipo de proyectos, los dirigentes de la Coordinadora
Nacional por la Defensa de la Vida y la Soberanía, han sufrido una
intensa persecución. En este contexto, el 6 de noviembre de 2008, la
CNDVS puso una denuncia en la Defensoría del Pueblo de Ecuador en la
cual se alertaba sobre el riesgo en que se encuentran las y los
defensores de derechos de la organización y exigía que se pare la
persecución hacia ciudadanos preocupados por esta problemática y
comprometidos en la defensa de los derechos que nos asiste como seres
humanos y ciudadanos ecuatorianos, como es el caso de Joel Vicente
Zhunio Samaniego, Presidente de la Asociación de Campesinos de Limón
Indanza, ACLI, nacido y domiciliado en Indanza donde ha vivido con su
familia toda la vida.

Joel Vicente Zhunio Samaniego, Presidente de la Asociación de
Campesinos de Limón Indanza (ACLI), fue detenido el 5 de enero de 2009
mientras transitaba tranquilamente por una de las calles en Indanza.
El parte policial indica que fue detenido por "abastecer de comida a
personas", delito que no está tipificado en ninguna constitución o
tratado internacional. . La Carta Magna en el Art. 76 numeral 3 dice:
"Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al
momento de cometerse, no esté tipificado en la ley como infracción
penal, administrativa o de otra naturaleza; ni se le aplicará una
sanción no prevista por la Constitución o la ley..."; Art. 2 del
Código Penal: "Nadie puede ser reprimido por un acto que no se halle
expresamente declarado infracción por la Ley penal, ni sufrir una pena
que no esté en ella establecida", y Art. 2 del Código de Procedimiento
Penal: "Legalidad.- Nadie puede ser reprimido por un acto que no se
halle expresamente declarado como infracción por la Ley Penal, ni
sufrir una pena que no esté en ella establecida. "

Vicente fue detenido por un piquete de policía comandados por el Jefe
Político de Limón Indanza, Humberto Vera. En forma abrupta se
acercaron los policías y procedieron a detenerlo. Como es lógico no le
mostraron ninguna orden de detención, lo agarraron a la fuerza y lo
obligaban a subir al patrullero, cuando se hicieron disparos, siendo
Vicente impactado por varios perdigones en la cabeza, en el rostro y
en tórax. Perdió el conocimiento y fue introducido en el patrullero.
Fue trasladado a un centro de salud de Macas, rompiendo toda lógica,
puesto que al estar herido debía ser trasladado al centro de salud más
cercano que está a veinte minutos. Durante el camino, desangrándose y
en deplorables condiciones físicas, Vicente era objeto de tortura y
vejaciones miserables por parte de la policía, además de burlas por su
estado. Estuvo incomunicado hasta el medio día del 6 de enero y no
tuvo ningún trato preferencial como dice la constitución, sobretodo
porque el compañero es discapacitado, debido a una grave enfermedad
que tuvo hace años donde perdió uno de sus ojos y el otro tiene escasa
visión, tiene problemas de motricidad y diariamente tiene que tomar
medicamentos.

a) La detención es arbitraria porque fue realizada de manera violenta,
por la fuerza y sin ninguna orden de detención.

b) Es ilegal porque se violan todos los procedimientos debidos y la
suprema ley del país que es la constitución en su artículo 77 numeral
3,4 y 6, donde dice claramente que toda persona tiene derecho a que se
le expliquen las razones de su detención, así como su derecho a
comunicarse. Así también como lo estipulado en el CAPITULO III sobre
DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCION PRIORITARIA, donde en la
Sección 8va, artículo 51, numerales 2 y 6 se establece claramente que
las personas privadas de libertad tienen derecho a comunicarse con sus
familiares y abogados, así como deben recibir un tratamiento
preferente y especializado las personas con discapacidad. El Art. 66,
numeral 3, de la Constitución vigente establece: "3. El derecho a la
integridad personal, que incluye: a)La integridad física, psíquica,
moral y sexual. c) La prohibición de la tortura, la desaparición
forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes.

A pesar de todo esto se le negó un HABEAS CORPUS, presentado en Cuenca
el 16 de enero, inobservándose el Art. 89 de la Constitución que
establece: "La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la
libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal,
arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier
persona, así como proteger la vida y la integridad física de las
personas privadas de la libertad… En caso de verificarse cualquier
forma de tortura, trato inhumano, cruel o degradante se dispondrá la
libertad de la víctima, su atención integral y especializada, y la
imposición de medidas alternativas a la privación de la libertad
cuando fuera aplicable."

c) Es además ilegítima porque es fraudulenta y no existe una razón
lógica para que el compañero haya sido detenido. Esto es una muestra
más de la criminalizació n contra los luchadores populares y la
resistencia pacífica de las comunidades.

Este atropello a los derechos humanos, a la constitución y leyes y
tratados internacionales realmente resulta alarmante. Cómo puede ser
detenida una persona de la forma como lo hicieron con Vicente, acaso
ya no tenemos ninguna garantía ni derecho, acaso la constitución es
sólo un conjunto de letras y papel que las autoridades pasan por
encima sin respetarla siquiera.

Por todos los abusos tanto a las leyes de la república así como a los
derechos humanos, pedimos a ustedes, SEGUROS DE SU APEGO AL ORDEN
CONSTITUCIONAL y AL DERECHO, EN SU CONDICIÓN DE SERES HUMANOS,
PROCEDAN A DAR PASO A LA REVOCATORIA DE LA PRISIÓN PREVENTIVA DE JOEL
VICENTE ZHUNIO SAMANIEGO.
Seguros de una respuesta favorable, agradeciéndoles por la atención
prestada, se despide fraternalmente de ustedes:

FRENTE URBANO ANTIMINERO

RED SOLIDARIA ECUADOR

Presidencia de la República del Ecuador Presidente Rafael Correa Rafael.CorreaDelgado@presidencia.gov.ec, presidencia@presidencia.gov.ec

Su Excelencia Presidente Rafael Correa,

La Red Solidaria Ecuador (The Ecuador Solidarity Network), con base en EEUU y Canadá, fue conformada con el afán de oponerse a la intervención económica, política y militar de estos países en el Ecuador, y de respaldar las luchas sociales del pueblo ecuatoriano. En esta ocasión, venimos ante Usted manifestar nuestra gran preocupación por la detención y encarcelamiento de campesinos, ocurridos durante las protestas en contra de la minería a gran escala, efectuadas entre los días 5 y 21 de enero de 2009.

Diversas organizaciones de derechos humanos ecuatorianas, como la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH), la Asociación Permanente de Derechos Humanos (APDH), la Asociación Cristina de Jóvenes (ACJ), el Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) y el Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES), nos han informado que las poblaciones campesinas e indígenas que se oponen a la minería a gran escala, lo hacen en defensa de sus derechos económicos y sociales reconocidos por los tratados internacionales y por la Constitución ecuatoriana.

También tenemos conocimiento que la Asamblea Nacional Constituyente ha reconocido a estas poblaciones como defensoras de la naturaleza y los derechos humanos cuando el 15 de marzo de 2008 otorgó amnistías a cientos de líderes comunitarios de varias provincias del país como Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Manabí, Esmeraldas, Bolívar, Azuay, Morona Santiago, Zamora Chinchipe, Sucumbíos and Orellana.

Considerando que los pueblos indígenas del Ecuador sostienen no haber sido previamente consultados sobre la Ley de Minería aprobada por la actual administración, en acuerdo con las disposiciones de la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo y de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, estamos preocupados que los arrestos signifiquen violaciones a los artículos 12 y 13 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Defensores de los Derechos Humanos (Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas 53/144.), tipo de situación identificada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como de atentatoria a los principios democráticos del hemisferio americano:

"Otro aspecto de la mayor preocupación es la utilización de acciones legales contra las defensoras y defensores, tales como investigaciones o acciones penales o administrativas, cuando son instruidas con el objeto de acosarlos y desprestigiarlos. En algunos casos, los Estados utilizan tipos penales que restringen, limitan o coartan los medios utilizados por las defensoras y defensores para realizar sus actividades. ŠEn otros casos, lo que se hace es iniciar procesos judiciales de tipo penal sin fundamentos de prueba con el objeto de hostigar a los miembros de las organizaciones, quienes deben asumir la carga psicológica y económica de afrontar una acusación penal. ... Estos procesos habitualmente comportan la imputación de los delitos de rebelión, atentado contra el orden público o la seguridad del Estado y la integración de grupos ilegales." (Organización de los Estados Americanos, Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las Américas, OEA/Ser/L/V/II.124, 2006, párrafos 178-180.)

Por estas razones, y movido por el espíritu de solidaridad de los pueblos, es que venimos respetuosamente ante a Su Excelencia solicitarle que:

1. Revise de manera especial los procedimientos penales en contra de los defensores de los derechos humanos a la luz de lo identificado por la Comisión de Derechos Humanos de la OEA, especialmente los procedimientos de las siguientes personas: Vicente Zhunio Samaniego de la provincia de Morona Santiago (procesado por supuesto sabotaje en la Corte Superior de Macas); Miguel Criollo de la provincia del Azuay; Miguel de la Cruz la provincia del Azuay (procesado por supuesto terrorismo y atentado a la seguridad del Estado).

2. Examine las investigaciones fiscales en contra de los siguientes líderes sociales: Hernando Pereira, Ernesto Pereira, Wilmer Montenegro, Lenin Rosero y Lenin Alvear, José Esteban Cuascota Quilumbaquín, Gavino Cabascango Cabascango, José Juan Castillo Pujota, Francisco Farinango Ulcuango y Alfredo Cabascango.

3. Averigue, de manera urgente, las condiciones de salud e integridad personal de los indígenas Germán Naikiai, Giovanni Ullaguari, Kléver Lalbay, y Carlos Rumipuglla de la provincia de Zamora Chinchipe, detenidos el día 21 de enero del presente año.

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EQUIPO DE COMUNICACIÓN CNDVS

www.nomineria.tk

lunes, 2 de febrero de 2009

DENUNCIA EN LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE ECUADOR

El 6 de noviembre de 2008, la Coordinadora Nacional por la Defensa de la Vida y la Soberanía, CNDVS, presentó en la Defensoría del Pueblo de Ecuador una denuncia por la cual fueron notificados los Ministros de Minas y Petróleos, de Gobierno, de Seguridad Interna y Externa, de Defensa, de Salud, de Ambiente, la Fiscalía General del Estado, el Comandante de Policía, entre otros. Frente a las respuestas dadas por la Ministra de Salud y el Ministro de Defensa, la CNDVS, presentó el documento que sigue, donde además se hace la denuncia formal del caso del compañero Joel Vicente Zhunio Samaniego, y todas/os los encarcelados, perseguidos y enjuiciados por "terrorismo organizado" y otras acusaciones semejantes, y de compañeras del Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama agredidas por la policía, en Azuay y Morona Santiago.

El Defensor del Pueblo de Ecuador, Ab. Fernando Gutiérrez, está al tanto de la problemática suscitada a raíz de las protestas contra la ley minera, ya que personalmente se reunió con delegaciones de Molleturo, Indanza, y otras, en Cuenca el 9 de enero de 2009. Allí se le puso al corriente de la persecución que se había desatado contra miembros de la CNDVS, y en especial de la Asociación de Campesinos de Limón Indanza y del Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama. De igual manera, en la reunión mantenida el 27 de enero de 2009 en Quito, donde se volvió a insistir en la actuación de la Defensoría del Pueblo para parar la persecución contra las y los defensores de la Vida y la Soberanía.

EQUIPO DE COMUNICACIÓN CNDVS

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SEÑOR DEFENSOR DEL PUEBLO DE ECUADOR

LINA SOLANO ORTIZ, dentro de la queja que tengo presentada en esa entidad, trámite defensorial No. 40281-CNDHIG-2008-NBS, a usted respetuosamente digo:

Adjuntamos al indicado trámite una compilación de varios documentos para constancia de nuestros reclamos. También tuvimos el 18 de noviembre una audiencia con Usted y otros funcionarios de la Defensoría, en la que pudimos exponerle en forma personal los problemas que estamos atravesando por la presencia de las transnacionales mineras en nuestras comunidades.

La Defensoría ha dispuesto que los Ministerios de Salud, del Ambiente, de Policía, Defensa entre otros y la Fiscalía General de Estado, informen sobre la responsabilidad en los hechos denunciados, a lo que debo señalar lo siguiente:

1.- El Ministerio de Salud dice que nada tiene que ver con nuestras denuncias presentadas, pero, ¿acaso este Ministerio no tiene nada que decir respecto a la terrible contaminación de los ríos Chico, Gala, Tenguel y Río Siete, cuyos estudios adjuntamos a nuestra denuncia? ¿La salud de la población que se abastece de las aguas de estos ríos contaminados con altísimos niveles de plomo y otros metales pesados, no son de incumbencia de este Ministerio? No es acaso obligación de este Ministerio velar para que se cumplan los DERECHOS DEL BUEN VIVIR, establecidos en nuestra flamante Constitución (Capítulo II), es especial la Sección 2ª, relativa al Ambiente Sano:

"Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.

Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistema, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la preservación del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados."

Y en lo que corresponde a Sección 7ª, Salud: "Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir."

Siendo la minería a gran escala un atentado a la salud y la vida de nuestras comunidades, no podemos más que rechazar la respuesta de la Dra. Caroline Judith Chang Campos, Ministra de Salud Pública, quien manifiesta que la denuncia presentada no la hacemos "en contra de esta cartera de Estado" y por tanto dice la Sra. Ministra "no me allano y la alego expresamente."

Es cierto que la denuncia no está directamente establecida contra el Ministerio de Salud, pero evidentemente uno de los problemas centrales por los cuales hemos venido oponiéndonos a la implementación de los megraproyectos mineros es por los gravísimos impactos que tendrá para la salud de la población, y en casos, como los de los ríos en Tenguel, donde ya existe contaminación. Es absolutamente inaceptable entonces esta respuesta de la Ministra, que nos lleva a pensar en el limitadísimo concepto de Salud que tiene esta funcionaria, más aún cuando es parte de un gobierno que acaba de aprobar una Constitución que reconoce el Derecho a la Salud como fundamental para el Sumak Kawsay. El problema de convertir a Ecuador en un país minero no es un problema de "actos administrativos" únicamente, es un problema de hacer que los derechos de las comunidades prevalezcan sobre los de los grandes empresarios de las corporaciones transnacionales, a los que nos les interesa la vida ni el bienestar de las comunidades sino sus ganancias. Y en este sentido están en riesgo DERECHOS DE LIBERTAD tan importantes como los señalados en el Art. 66, numeral 2: "El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable…", y numeral 27: "El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza."

Siendo obligación del Estado velar por la salud de la población ecuatoriana, ¿no hubiera sido lo lógico que este Ministerio tuviera que decir algo respecto de una ley que pretende dar apertura en el país a una de las industrias más contaminantes del planeta? Esto demuestra que la elaboración y aprobación de este nefasto proyecto de ley no tomó en cuenta ni siquiera a otras carteras de Estado, que por obligación constitucional debían haberse involucrado, y no como señala la Sra. Ministra en su contestación que "este Ministerio no es competente para conocer y pronunciarse…" sobre el archivo del Proyecto de la Ley Minera. Simplemente es inaceptable que la Dra. Chang insista en que ese Portafolio "no es competente para conocer sobre los pedido realizado por los denunciantes".

2. Con respecto la documentación presentado por la Fiscalía General del Estado, hay información que está incompleta y que es necesario se de a conocer, porque en base a ella se tendrán los elementos para saber cómo estuvieron involucrados miembros del ejército en los acontecimientos registrados en la parroquia Tundayme, del cantón El Pangui, provincia de Zamora Chinchipe.

En tal sentido solicitamos se complete la información sobre los casos que fueron remitidas a otras fiscalías y jueces militares, así como se pida una información similar en los casos de las fiscalías de Azuay y Morona Santiago.

3. Nuestra petición ha sido justamente la de que se investigue sobre las violaciones de Derechos Humanos por parte del miembros del ejército pertenecientes al batallón Gualaquiza, suscitados entre el 1 y 4 de diciembre de 2006, información que consta en el adjunto de documentos entregados junto con nuestra denuncia el 6 de noviembre de 2008. En todo caso si el punto es la especificación de los hechos, pues esto lo hacemos a la luz de la propia información proporcionada por la Fiscalía General del Estado, remitida al Dr. Ney Barrionuevo Silva, el 9 de enero de 2009, en la cual usted puede constatar las denuncias realizadas en el Ministerio Público del Ecuador, Distrito de Zamora Chinchipe en Yantzaza, y que en unos casos han sido remitidas al Juez Militar IV Zona y en otras a la Fiscalía de Asuntos Indígenas, que las detallamos a continuación:

No.

Indagación

Lugar y fecha de los hechos

Identidad

ofendidos

Identidad

indagados

Estado de la investigación

10-2007

Tundayme cantón El Pangui.

3-XII-06

Yolanda Chamik Kukush

Miembros del Ejército

Se remite a la Fiscalía de Asuntos Indígenas

16-IX-08

11-2007

Tundayme cantón El Pangui. 3-XII-06

María Lucrecia Mankash Taish

Miembros del Ejército

Se remite a Fiscalía Asuntos Indígenas

16-IX-08

13-2007

Tundayme cantón El Pangui.

3-XII-06

Elsa María Sharup Naichap

Miembros del Ejército

Se remite a Fiscalía Asuntos Indígenas

Estos son algunos de los pocos casos que se denunciaron en la Fiscalía de Yantzaza, ya que una comisión encabezada por Dr. Lizardo Martínez Andrade, VICEMINISTRO DE TRABAJO Y EMPLEO, quien vino delegado por el Ministro de Trabajo a de aquel entonces Dr. José Serrano, según consta en el oficio VMTE/06/172, recogió una gran cantidad de denuncias, las cuales se pensó servirían para que los responsables pudieran ser procesados, cosa que jamás sucedió. También consta denuncia sobre estos hechos en el oficio dirigido al Econ. Alberto Acosta, Ministro de Energía y Minas, con fecha 21 de enero de 2007, suscrito por varias autoridades de Zamora y Morona Santiago, y en el oficio N. 106 CEDHU/07, donde se adjuntan varias denuncias recibidas por esa institución. Estos documentos ya fueron adjuntados a nuestra denuncia.

Cabe señalar que los manifestantes también fueron acusados por parte de trabajadores de Ecuacorriente y el ejército, que realizó denuncias temerarias y mal intencionadas sobre que supuestamente los manifestantes habrían tenido el objetivo de tomarse instalaciones militares ubicadas en esta zona, para con ello tratar de justificar lo que hicieron con la población civil, sin embargo la Asamblea Constituyente concedió la Amnistía para todos estos juicios, ya que esos sí "carecían de fundamentos de hecho y derecho", dejándose sentado que las manifestaciones fueron pacíficas y justas en defensa de nuestras comunidades y la naturaleza, como así consta en el texto de la Amnistía otorgada en marzo de 2008.

En virtud de lo expuesto, rechazamos absolutamente la respuesta dada por los representantes del Ministerio de Defensa que tratan de desestimar nuestra denuncia por supuesta carencia de información, cuando lo que hemos pedido justamente es que se investigue sobre estos hechos, para lo que presentamos la antes mencionada documentación. Es absolutamente inaceptable la petición de que nuestra denuncia sea rechazada, más bien insistimos y nos reiteramos en nuestros pedido de que se investigue sobre las violaciones de Derechos Humanos cometidas por el ejército y que no se deje en la impunidad a los autores, cómplices y encubridores, pues entendemos que esta información debe ser de dominio de los representantes del Ministerio de Defensa, pues como consta en la documentación entregada por la Fiscalía General se encuentran remitida al Juez Militar de la IV Zona, y entendemos que si se está dando trámite en la Fiscalía de Asuntos Indígenas también el Ministerio debe estar en conocimiento.

II

Por otra parte, queremos referirnos a la denuncia en torno al caso del compañero Vicente Zhunio quien se encuentra detenido en forma arbitraria, ilegal e ilegítima, en la cárcel de Macas, como lo señalamos en el documento adjunto titulado VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS Y CONSTITUCIONALES EN EL CASO DE JOEL VICENTE ZHUNIO SAMANIEGO, de siete fojas útiles; para ello también adjuntamos copia certificada del juicio No. 02-2009 del Juzgado Cuarto de lo Penal y Tránsito de Morona Santiago en Méndez, en 22 fojas útiles, así como copias de los certificados médicos del Hospital General de Macas y del médico Neurocirujano del Hospital Regional del IESS de Cuenca, en donde existe violación al debido proceso, por lo que solicito que luego de su verificación se solicite AL CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA se sancione a los funcionarios judiciales que tienen que ver con las indicadas violaciones a la Ley y al DEBIDO PROCESO.

Además solicito se investigue la situación de nuestras compañeras y compañeros encarcelados, perseguidos y enjuiciados, como se lo dimos a conocer en forma personal el viernes 9 de enero de 2009, en la reunión de trabajo mantenida con usted en la Defensoría del Pueblo de Azuay, en la ciudad de Cuenca.

NOMBRE DE LOS ENCARCELADOS

Día y lugar de la detención

Centro de retención

No. Instrucción Fiscal

Joel Vicente Zhunio Samaniego

5 enero 2009

INDANZA

Cárcel de Macas

MORONA SANTIAGO

02-09

Angel Geovani Uyaguari Zuñiga

21 enero 2009

GUALAQUIZA

Cárcel de Macas

MORONA SANTIAGO

Carlos Gustavo Rumipulla Uyaguari

21 enero 2009

GUALAQUIZA

Cárcel de Macas

MORONA SANTIAGO

Cléber Oswaldo Lalvay Morocho

21 enero 2009

GUALAQUIZA

Cárcel de Macas

MORONA SANTIAGO

Vicente Germán Naikei Shiki

21 enero 2009 GUALAQUIZA

Cárcel de Macas

MORONA SANTIAGO

Miguel Angel de la Cruz Morales

10 enero 2009

MOLLETURO

Cárcel de Cuenca

AZUAY

04-09

Miguel Criollo

7 enero 2009

MOLLETURO

Cárcel de Cuenca

AZUAY

16-09

NOMBRE DE LOS ENCARCELADOS

JUEZ/JUZGADO

FISCAL

Joel Vicente Zhunio Samaniego

Dr. Juan Esteban Uyaguari Brito

IV de lo Penal de Morona Santigo (Méndez)

Dr. Miguel Ángel Villamagua Jiménez

Angel Geovani Uyaguari Zuñiga

Dr. José Vásquez Chica

III de lo Penal (Gualaquiza)

Dra. Fanny Jácome Astudillo

Carlos Gustavo Rumipulla Uyaguari

Dr. José Vásquez Chica

III de lo Penal (Gualaquiza)

Dra. Fanny Jácome Astudillo

Cléber Oswaldo Lalvay Morocho

Dr. José Vásquez Chica

III de lo Penal (Gualaquiza)

Dra. Fanny Jácome Astudillo

Vicente Germán Naikei Shiki

Dr. José Vásquez Chica

III de lo Penal (Gualaquiza)

Dra. Fanny Jácome Astudillo

Miguel Angel de la Cruz Morales

Dr. Simón Valdivieso

II de lo Penal de Azuay

Leonardo Amoroso

Miguel Criollo

Dr. Simón Valdivieso

II de lo Penal de Azuay

Julio Inga

Por la Instrucción Fiscal No. 04-2009 tienen orden de prisión:

- Georgina Gutama, campesina de Molleturo de 60 años de edad, que es miembro del Directorio del Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama.

- Manuel Pachecho, Presidente de la Junta Cívica de Molleturo.

- Ana Paucar

A más de todos los que se encuentran detenidos tienen procesos judiciales las siguientes compañeras y compañeros:

NOMBRE DE LOS ENJUICIADOS

FISCALIA/

FISCAL

JUZGADO/JUEZ

No. Instrucción Fiscal

Isaura Espinoza

De Méndez

01-09

Aida Zhunio

De Méndez

01-09

Teresa Zhunio

De Méndez

01-09

Luz Salina

De Méndez

01-09

Ismael Suárez

De Méndez

01-09

Julio Maita

De Méndez

01-09

Rosa Yolanda Gutama Bermeo

Dr. Iván Saquicela

II de lo Penal

Dr. Simón Valdivieso

06-2009

Rosa Etelvina Misacango Chuñir

Dr. Iván Saquicela

II de lo Penal

Dr. Simón Valdivieso

06-2009

María Virginia Chuñir Criollo

Dr. Iván Saquicela

II de lo Penal

Dr. Simón

Valdivieso

06-2009

Cristóbal Misacango

Dr. Iván Saquicela

II de lo Penal

Dr. Simón

Valdivieso

06-2009

Orlando Criollo

Dr. Leonardo Amoroso

II de lo Penal

Dr. Simón

Valdivieso

16-09

Expresamos nuestra enorme preocupación por las acusaciones que se están haciendo hacia nuestras compañeras y compañeros. Es inadmisible que se hagan cargos de terrorismo organizado y sabotaje, que significan varios años de cárcel, lo cual a nuestro entender es la forma como el gobierno de Rafael Correa quiere aleccionar a todo el movimiento para detener la resistencia contra las mineras transnacionales. Nuestras compañeras y compañeros son defensoras/es de derechos, defensoras/res del agua, la vida y la soberanía, por tanto estos injustos juicios deben ser archivados, y en el caso de los detenidos, ser puestos en libertad inmediatamente.

III

Adjuntamos también a nuestro trámite No. 40281-CNDHIG-2008-NBS, copia de las denuncias presentadas en la Defensoría del Pueblo de Azuay por las violaciones de Derechos Humanos cometidas contra de compañeras del Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama de Victoria del Portete y Molleturo, por parte de miembros de la policía.

DENUNCIANTE

DENUNCIADO

Fecha de la agresión

Narcisa de Jesús Sánchez Marín

Mayor Omar León

5 de enero de 2009

Rosa Yolanda Gutama Bermeo

Comandante de policía Azuay

5 de enero de 2009

Rosa Etelvina Misacango Chuñir

Comandante de policía Azuay

5 de enero de 2009

Maria Virginia Chuñir Criollo

Comandante de policía Azuay

5 de enero de 2009

Finalmente queremos expresar que como Defensores de Derechos estamos siendo agredidos por el Estado, el gobierno y las mineras, y nos preocupa la indefensión en la que nos encontramos, por lo que solicitamos Sr. Defensor, el cumplimiento de lo que determina la flamante Constitución vigente y los tratados y pactos internacionales, pues de nada nos sirve una la Carta Magna que solo es "un canto a la vida", sino que necesitamos que se haga realidad, práctica, que la Defensoría del Pueblo cumpla con su función de proteger y ser tutor los derechos de los ecuatorianas y ecuatorianos, ejerciendo con decisión las atribuciones que le faculta el Art. 215 de la Constitución.

Firmo con mi Abogado defensor

Lina Solano Ortiz, Dr. Patricio León

MIEMBRO DEL DIRECTORIO DE LA ABOGADO

COORDINADORA NACIONAL

POR LA DEFENSA DE AL VIDA Y SOBERANÍA